Este 18 de febrero se publicó en el Diario Oficial la prórroga del plazo para la inscripción y registro de derechos de aprovechamiento de aguas, establecida en la Ley N° 21.435. Con esta modificación, el nuevo vencimiento se extiende hasta el 6 de abril de 2027. (ver publicación en PDF)
Congreso aprueba extensión del plazo
La medida, que fue aprobada por el Congreso Nacional, se originó a partir de una moción presentada por los diputados Víctor Pino, Miguel Ángel Calisto, Benjamín Moreno y Jorge Saffirio, junto con las diputadas Yovana Ahumada, Emilia Nuyado y Joanna Pérez.
El proyecto modifica el artículo segundo transitorio de la Ley N° 21.435, reemplazando la fecha límite original del 6 de abril de 2025 por el 6 de abril de 2027. Además, introduce cambios en los requisitos de inscripción en el Catastro Público de Aguas y establece que la Dirección General de Aguas deberá informar semestralmente sobre las acreditaciones efectuadas a las comisiones legislativas correspondientes.
Beneficio para comunidades y servicios sanitarios rurales
Otro aspecto relevante de la reforma es la exclusión de sanciones en casos específicos. El nuevo texto amplía las excepciones a las multas para incluir a los servicios sanitarios rurales, junto con comunidades indígenas y personas indígenas, quienes ya estaban contemplados en la normativa anterior.
El presidente Gabriel Boric promulgó la ley el pasado 5 de febrero, y con su publicación en el Diario Oficial este 18 de febrero, la prórroga entra oficialmente en vigor.